Roberto L. Ferrer considera determinante la concienciación ciudadana en el ámbito digital, especialmente al uso de la inteligencia artificial (IA), para lograr mantener los datos personales seguros. Es director de la Consultoría de Derecho Digital y Protección de Datos, Aralegis, delegado de Protección de Datos en la marca Pensumo: pensión por consumo y profesor asociado de la Universidad de Zaragoza. Ferrer contempla paradigmas aparentemente futuros, pero que forman parte de nuestra realidad más inmediata.
¿Qué es el Derecho Digital?
El Derecho Digital tiene distintas ramificaciones porque afecta tanto a cuestiones relacionadas con garantías con las que tienen que contar los ciudadanos ante la invasión o intrusión de la tecnología en su vida, como al establecimiento de los nuevos sistemas de regulación basados en sistemas tradicionales pero que evolucionan a unos y ceros.
Este derecho es relativamente reciente, entiendo.
Con la intrusión de la tecnología no se pueden utilizar los mismos métodos de trabajo que se tenían antes. Y por otro lado, está el tema de protección de datos: cómo tiene que defenderse la ciudadanía ante Estados o empresas, en ocasiones más poderosas que los Estados, dedicados a recopilar su información personal.
¿Hay diferentes escenarios para el Derecho Digital?
La digitalización afecta a cuestiones que a veces no tienen nada que ver pero que nos han cambiado el entorno totalmente. Se dice que la tecnología es neutra…
¿Depende del uso que se le dé?
Exacto. Que dependerá de si el uso es bueno o malo, pero eso es mentira. La tecnología es cualquier cosa menos neutra... ¡si nos ha cambiado la vida…! Entonces, no es neutra. Ya no podemos vivir como vivíamos antes.
“Los bits no entienden de fronteras”
La tecnología ha venido para quedarse.
Frente a esa invasión de la tecnología se necesita tener dos tipos de contramedidas: tecnológicas y jurídicas, y tienen que funcionar en conjunto. Si solo quieres usar leyes o solo quieres usar tecnología, estás muerto. No funciona. Pero hay una tercera herramienta más importante todavía: la concienciación de los ciudadanos.
Concienciación…
Los ciudadanos se tienen que dar cuenta de que vivir en un entorno digital no tiene nada que ver con vivir en un entorno analógico.
Queda mucho por hacer.
La gente no se da cuenta de lo expuesta que está a cualquier cosa. Tenemos que madurar en ese sentido. ¿Eso hace que no tengamos que ver Facebook? No, pero con una mirada crítica, saber lo que estamos manejando.
¿Está la legislación española adaptada al ámbito digital?
La legislación a nivel nacional es insuficiente, a pesar de tener como referencia la Unión Europea. Se tiene que regular en espacios gigantescos de acuerdos nacionales porque los bits no entienden de fronteras. En general, las normas nacionales no sirven para regular un fenómeno digital… si se quiere eficacia, claro. Hay que buscar acuerdos a nivel global.
Es difícil atajar legalmente en el ámbito digital.
Es facilísimo eludir una normativa. Por ejemplo, te puedes descargar un contenido digital. Tú estás en Islandia y yo en España, pero el servidor de donde me estoy descargando el contenido está en China, ¿y ahora qué derecho aplicamos, señoras y señores?
¿El uso de la IA y la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) chocan?
En realidad es engañoso, la IA no utiliza datos concretos de ti o de mi, utiliza datos en general. Esos datos se pueden disociar o “pseudominizar”, como dice la normativa. Los sistemas de IA utilizan grandes bancos de datos para sacar porcentajes.
Y la Ley de Protección de Datos recoge datos…
Personales, que son cualquier información susceptible de un registro QUE PUEDA VINCULARSE a una persona identificada o identificable. Esa es la definición.
Pero la IA es capaz de recoger información personal sin pedírselo al usuario o sin que sea consciente.
Las decisiones automatizadas, en relación a la IA, son capaces de producir efectos sobre una persona. La LOPD te exige tres garantías básicas cuando hay una decisión automatizada: que puedas revisar el algoritmo, exigir que una persona avale eso e impugnar esa decisión. Es una forma básica de atajar esta agresión.
“Una mayor concienciación ciudadana a través de la escuela”
Por otro lado, hay influencers que hacen publicidad en redes sociales sin hacer mención.
Existe un gran vacío legal en la práctica por más que en teoría la normativa de publicidad y de servicios de la sociedad de la información establecen la obligatoriedad de marcar como “publicidad” aquellas actividades que puedan llevar a confusión a los consumidores.
Y muestran los productos o servicios como recomendaciones.
Hay que tener en cuenta que la frontera resulta muy complicada de deslindar. Que las actrices en las galas de los cines de máxima audiencia lleven modelos de firmas de prestigio, ¿es ilícito? o incluso la propia reina… En el ámbito digital sucede algo parecido.
También existen agencias que venden seguidores falsos a un módico precio.
Este caso es más complejo. A veces se utilizan para realizar acciones claramente ilícitas como acceder a sistemas informáticos introduciendo programas maliciosos o “malware”. Pero en su versión más liviana pueden existir las mismas lagunas... además, aquí entraría la normativa de competencia desleal.
¿La normativa de competencia desleal?
Es decir, si se opta a un determinado contrato en base a tener un determinado número de seguidores y estos son falsos, puedes estar concurriendo ilícitamente con otros competidores.
Comprendo.
Y en algunos casos, se puede estar cometiendo un delito de estafa o incluso contra el tráfico mercantil o contra los consumidores.
¿Cómo trabajaría para lograr una mayor concienciación ciudadana?
A través de la escuela. Es muy importante. El problema es que cada uno de nosotros somos la pieza de un puzzle que, todos juntos, es muy manejable. Por tanto, la información que tú emites es importantísima porque forma parte de ese conjunto. Y sobre él se trabaja y se manipula, y eso al final termina repercutiendo a cada una de las “piececitas” del puzzle.
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Editores: Sonia Bambó
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